jueves, 26 de junio de 2014

LA MUJER EN EL ÁMBITO LABORAL I

Declaración del Consejo de Relaciones Laborales sobre la igualdad de la mujer en el trabajo.



La integración de la mujer en todos los ámbitos de la sociedad ha sido creciente en los últimos tiempos. Después de largos períodos de relativo estancamiento o al menos lenta evolución, durante el presente siglo se han superado, al menos en Occidente, las desigualdades legales, de modo que hoy en día puede afirmarse que prácticamente no existe en los textos normativos discriminación formal entre hombres y mujeres.

Sin embargo, esta igualdad formal no se corresponde exactamente con la realidad de los hechos. En efecto, a pesar de los indiscutibles avances hacia la plena integración, subsisten en menor medida discriminaciones y desigualdades que, aunque van adoptando formas cada vez más sutiles, siguen siendo relevantes y teniendo efectos reales. Estas desigualdades y discriminaciones se producen en todos los órdenes de la vida social y, en consecuencia, también en el orden laboral.

Se puede así constatar que, a pesar de la creciente incorporación de la mujer al trabajo que, sin duda, es la gran innovación de este siglo, se mantienen formas de discriminación en los distintos aspectos de la vida laboral: el propio acceso al empleo, las dificultades de promoción interna a puestos de responsabilidad, la clasificación profesional, las diferencias de retribución, la misma negociación colectiva e incluso la representación legal del personal, ostentada de forma abrumadoramente mayoritaria por hombres.

Es cierto, sin embargo, que las desigualdades que se perciben en el ámbito del trabajo no son mayores que las que se producen en otros campos de la vida social. Y esto hay que destacarlo, habida cuenta de que la incorporación masiva de la mujer al trabajo en Euskadi es muy reciente y de que se ha producido en un entorno laboral de tradición marcadamente masculina, como es el industrial.

No obstante, a pesar de la rapidez de la integración laboral de la mujer y la definitiva superación de desigualdades jurídicas formales, quedan aún en el mundo del trabajo elementos de discriminación que es preciso superar.

Por esta razón el Consejo de Relaciones Laborales, (integrado por miembros en representación de las organizaciones sindicales ELA, CC. OO., UGT y LAB, y por miembros en representación de la organización empresarial vasca (ConfeBask), ha decidido realizar un esfuerzo para que se superen las situaciones de desigualdad, que no benefician a nadie. Y en este sentido declara:

  • que el derecho al trabajo es un derecho incuestionable de las mujeres. Por ello considera que la adopción de medidas de acción positiva encaminadas a potenciar la participación de las mujeres en igualdad de condiciones en el mundo laboral es uno de los instrumentos internacionalmente elaborados y aceptados más válidos para salvar los obstáculos para que la igualdad entre hombres y mujeres se haga real.
  • que, junto a ello, la competitividad de las empresas depende, en un país sin recursos naturales, de las tecnologías, el servicio, la calidad y, en definitiva, de una serie de factores subordinados en última instancia al único recurso con que se cuenta: el humano. Y la mitad de ese valioso recurso es, precisamente, femenino. La plena potenciación de todos los hombres y mujeres, sin discriminaciones ni diferencias que no provengan de la capacitación y el esfuerzo de cada cuál, se convierte en el principal activo de las empresas vascas. En ese sentido, igualdad es requisito de competitividad.
    Por las razones expuestas, el Consejo de Relaciones Laborales manifiesta su voluntad de que se eliminen progresivamente elementos discriminatorios a través de actuaciones en los siguientes campos: Acceso al empleo y contratación, formación, clasificación y valoración de puestos de trabajo.

Extraído de 

http://web.crl-lhk.org/vercontenido.asp?conid=11796&tipconid=&menid=1047&web=20

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